Componente: Impulso a la Capitalización Pesquera y Acuícola


Incentivo: Modernización de Embarcaciones Menores

El incentivo Modernización de Embarcaciones Menores está dirigido a las personas físicas que realizan actividades de pesca tanto de aguas costeras ribereñas como interiores inscritas en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), que cuentan con permiso o concesión de pesca vigente y que requieran sustituir el motor y/o embarcación menor.


ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017.

  1. Sustitución de motor dentro o fuera de borda de hasta 115 Hp.
  2. Sustitución de embarcación menor de hasta 10.5 metros de eslora.
  3. Adquisición de equipo para conservación de producto a bordo.
  4. Adquisición de Equipo satelital y radiocomunicación.

Hasta el 50% del costo total del bien a adquirir de acuerdo a la Tabla 1. Montos de Apoyo Máximo Federal establecido en el artículo 10 fracción II de los Criterios de dictaminación, para los siguientes conceptos:

  1. Motores: hasta $90,000.00 (noventa mil pesos 00/100 M.N.).
  2. Embarcaciones: hasta $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).
  3. Hieleras: hasta $2,900.00 (Dos mil novecientos pesos 00/100 M.N.).
    Para los conceptos de apoyo a), b) y c), en caso de participar los gobiernos de los estados y/o municipios, su aportación será hasta el 30% del costo total del bien adquirido y el complemento será por cuenta del beneficiario.
  4. Equipo satelital y radiocomunicación hasta $2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.). El apoyo Federal será de hasta el 50% sin rebasar el tope máximo, el apoyo estatal o municipal será del 40% y del productor el 10%.
Serán elegibles para obtener los incentivos de este programa y componente, los solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos:
  1. Estén inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), tanto la Unidad Económica, como el activo productivo sujeto del incentivo.
  2. Concesión y/o permiso de pesca comercial vigente (copia y original para cotejo), cuando se dediquen a las actividades pesqueras.
  3. Ser mayor de edad y presentar original con fines de cotejo y copia simple de:
    1. Identificación oficial con fotografía vigente; los documentos aceptables son: la credencial para votar, pasaporte, la cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional u otras identificaciones oficiales con fotografía y firma, expedidas por el gobierno federal, estatal o municipal;
    2. CURP, en los casos en que la identificación oficial contenga la CURP, no será necesario presentar este documento;
    3. Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de tres meses a la fecha de presentación de su solicitud. Son aceptables los siguientes: recibo de luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el Ayuntamiento, Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, con la cual se hace constar que la persona física habita en el núcleo agrario, localidad o municipio en donde tiene su domicilio legal.
    4. Certificado de matrícula de la embarcación.
    5. Acta de Asamblea (una por cada organización), certificada ante Fedatario Estatal, Municipal o Local que incluya la lista de socios vigente.
  4. Cotización vigente a nombre del solicitante emitida por el proveedor en donde se señalen las características y precio del bien solicitado (La marca del bien que se señale en la solicitud del incentivo no podrá modificarse, ni podrá exceder el caballaje o dimensiones autorizadas en el permiso o concesión, para el caso de los motores y/o embarcaciones respectivamente. Sólo se permitirá el incremento de potencia HP del motor solicitado al inmediato superior, por cambio de tecnología de 2 a 4 tiempos, o cuando la marca del motor solicitado no cuente con la misma potencia del motor a sustituir).
  5. Documento que acredite la legal propiedad del bien a sustituir, para lo cual sólo se aceptará:
    • Factura del bien a sustituir a nombre del solicitante o endosada a su favor.
    • Resolución emitida en un procedimiento de jurisdicción voluntaria tendiente a acreditar hechos de propiedad, indicando las características del bien que lo hagan identificable como único.
    • Acta ante fedatario público, donde exprese el interesado que es el propietario del bien a sustituir e indique las características que lo hagan identificable como único.
  6. Estén al corriente en sus obligaciones ante la Secretaría; y
  7. No estar incluidos en el ?Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos?, a cargo de la Oficialía Mayor de la SAGARPA.
  8. No hayan recibido o estén recibiendo incentivos para el mismo concepto de los componentes de éste programa u otros programas de la Administración Pública Federal, que implique que se dupliquen los incentivos.
  9. En caso de salir aprobado y cuando el monto de apoyo sea superior a $30,000.00, deberá:
    1. Presentar la evidencia de cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por el SAT vigente y positiva, conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
    2. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social presentando la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social (www.imss.gob.mx); en caso de no estar obligado a inscribirse ante el IMSS presentar Anexo Declaratoria en Materia de Seguridad Social.
  • Las Oficinas y/o Subdelegaciones de Pesca en cada Entidad Federativa, o bien las oficinas del Ejecutivo Estatal, en su caso.
  • Las ventanillas de atención recibirán las solicitudes con la documentación completa a partir del día 16 de Enero al 17 de Marzo de 2017, en días hábiles en horario de 9:00 a 14:00 hrs. y le asignarán un número de folio a través de la ventanilla.
  1. Puede consultar las tablas de solicitudes en datos.gob.mx
  2. La consulta de su solicitud por el número de folio dando click aquí:

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